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decreto 3370 de 1947

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 17 de octubre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Justicia, según consta en el acta respectiva

Article 1

º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE JUSTICIA Capítulo 25-H. Del artículo 259/55. Para pagar los sueldos del personal de los Juzgados Promiscuos de los Circuitos de Neiva y Pácora, en el año 8.487.50 Capítulo 25-J. Del artículo 259/72. Para arrendamiento de locales con destino a los 60 Juzgados de Instrucción Criminal, en el año 3.000.00 Suman los contracréditos 11.487.50 Capítulo 25-J. Al artículo 259/66. Para viáticos y gastos de transporte del personal del Cuerpo Auxiliar del Organo Judicial, cuando tenga que salir fuera del lugar de su residencia en comisiones oficiales, en el año 9.487.50 Capítulo 25-M. Al artículo 259/130. Para atender al pago de viáticos y transportes de los funcionarios dependientes del ministerio de Justicia, que tengan que actuar como Delegados Presidenciales con motivo de las elecciones para Concejeros Municipales, que se efectuarán en el mes de octubre del corriente año 2.000.00 Suman los créditos 11.487.50

Article 2

º. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público