JurídicoESEN

decreto 1082 de 1940

3 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1Redúcense En Diez Por Ciento (10%) Los Auxilos De Marcha Y De Permanencia, Señalados Al Personal Militar En Los Artículos Primeros De Los Decretos Números 241 De 1934 Y 1051 De 1939, Con Excepción De Los Correspondientes A Los Cabos Segundos Y Soldados

° Redúcense en diez por ciento (10%) los auxilos de marcha y de permanencia, señalados al personal militar en los artículos primeros de los Decretos números 241 de 1934 y 1051 de 1939, con excepción de los correspondientes a los Cabos segundos y soldados.

Article 2Señálase A Los Alféreces Y Cadetes Que Por Enfermedad O Comisión Especial Del Servicio Deban Trasladarse De Un Lugar A Otro, Un Auxilio Diario De Dos Pesos ($ 2)

Articulo 2° Señálase a los Alféreces y Cadetes que por enfermedad o comisión especial del servicio deban trasladarse de un lugar a otro, un auxilio diario de dos pesos ($ 2).

Article 3Los Pasajes Para La Familia De Los Oficiales Que Sean Trasladados O Destinados A Las Guarniciones De Las Intendencias Y Comisarias Y Al Grupo De Caballería Rendón , En Fonseca (Magdalena), Podrán Reconocerse Desde La Guarnición En Donde El Oficial Prestaba Sus Servicios Al Ser Trasladado Hasta El Lugar En Donde Su Familia Vaya A Residir, Previa Comprobación De Este Hecho Ante El Departamento De Personal

° Los pasajes para la familia de los Oficiales que sean trasladados o destinados a las guarniciones de las Intendencias y Comisarias y al Grupo de Caballería Rendón , en Fonseca (Magdalena), podrán reconocerse desde la guarnición en donde el Oficial prestaba sus servicios al ser trasladado hasta el lugar en donde su familia vaya a residir, previa comprobación de este hecho ante el Departamento de Personal.

Parágrafo

Queda en estos términos modificado el artículo 9° del Decreto número 1051 de 1939.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Guerra