JurídicoESEN

decreto 928 de 1985

2 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 120, ordinal 22 y 205 de la Constitución Nacional, en desarrollo de lo previsto en la Ley 6º de 1971 y oído el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera

Article 1º Adiciónanse Los Numerales Quinto (5º) Del Artículo 2º Del Decreto 3080 De 1982, Y Tercero (3º) Del Artículo 2º Del Decreto 2053 De 1984, Para Incluir En La Lista De Posiciones Arancelarias Allí Señaladas, Las Posiciones 08

º Adiciónanse los numerales quinto (5º) del artículo 2º del Decreto 3080 de 1982, y tercero (3º) del artículo 2º del Decreto 2053 de 1984, para incluir en la lista de posiciones arancelarias allí señaladas, las posiciones 08.06.00.01 y 84.49.01.01, que en consecuencia no quedan sujetas a las modificaciones de gravámenes establecidos en tales Decretos y en el Decreto 1788 de 1983.

Article 2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 120, ordinal 22 y 205 de la Constitución Nacional, en desarrollo de lo previsto en la Ley 6º de 1971 y oído el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera
La Ministra de Hacienda y Crédito Público (E.)