El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Article 1De Los Fondos Apropiados En El Artículo 951, Capítulo 65, Del Presupuesto Nacional Vigente, Hácese La Siguiente Distribución: Mensual
Articulo 1° De los fondos apropiados en el artículo 951, capítulo 65, del Presupuesto Nacional vigente, hácese la siguiente distribución: Mensual. Total. Para sostenimiento del Restaurante Escolar de la Escuela Vocacional Agricola fie Santa Isabel (Tolima), a partir del mes de julio del présenle año $ 120.00 720.00
Article 2La Suma Anterior Será Solicitada Y Manejada Por El Contador Habilitado De Escuelas Vocacionales
° La suma anterior será solicitada y manejada por el Contador Habilitado de Escuelas Vocacionales. Comuníquese y publíquese.
Signatories
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional