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decreto 773 de 1974

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

en uso de sus facultades legales

Article 1A Partir Del 23 De Abril De 1974, Acéptase La Renuncia Presentada Por La Doctora Ginger Marino De Nule, Con Cédula De Ciudadanía Número 22378754 De Barranquilla, Del Cargo De Jefe De Sección Vi Grado 24, Sueldo Mensual $ 8

º A partir del 23 de abril de 1974, acéptase la renuncia presentada por la doctora Ginger Marino de Nule, con cédula de ciudadanía número 22378754 de Barranquilla, del cargo de Jefe de Sección VI Grado 24, sueldo mensual $ 8.000.00, de Recursos Tributarios de la Administración de Impuestos Nacionales de Barranquilla de la Dirección General de Impuestos Nacionales.

Article 2Nómbrase Con Carácter Provisional Al Doctor Antonio Acevedo Silva, Con Cédula De Ciudadanía Número 2167478 De San Gil, En El Cargo De Jefe De Sección Vi Grado 24, Sueldo De Ingreso $ 8

º Nómbrase con carácter provisional al doctor Antonio Acevedo Silva, con cédula de ciudadanía número 2167478 de San Gil, en el cargo de Jefe de Sección VI Grado 24, sueldo de ingreso $ 8.000.00, de Recursos Tributarios de la Administración de Impuestos Nacionales de Barranquilla de la Dirección General de Impuestos Nacionales, en reemplazo de la doctora Ginger Mariño de Nule, cuya renuncia se acepta.

Article 3El Nombramiento A Que Se Refiere El Artículo Anterior No Podrá Exceder De Cuatro (4) Meses Contados A Partir De La Fecha De Posesión; Si Vencido Este Término El Empleo No Ha Sido Provisto Mediante Concurso, El Nombrado Cesará En Sus Funciones

º El nombramiento a que se refiere el artículo anterior no podrá exceder de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión; si vencido este término el empleo no ha sido provisto mediante concurso, el nombrado cesará en sus funciones.

Article 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuniquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República