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decreto 927 de 1940

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1A Partir Del 1° De Mayo Próximo, Suprímese Una Plaza De Ayudante En La Sección De Apartados Y Lista De Bogotá, Con Asignación Mensual De $ 60

° A partir del 1° de mayo próximo, suprímese una plaza de Ayudante en la Sección de Apartados y Lista de Bogotá, con asignación mensual de $ 60.00 y desempeñada por la señora Elvira de Rojas.

Article 2A Partir De La Misma Fecha Del Artículo Anterior, Créase Una Plaza De Ayudante En El Servicio De Identidad Del Ministerio, Con Asignación De $ 60

° A partir de la misma fecha del artículo anterior, créase una plaza de Ayudante en el Servicio de Identidad del Ministerio, con asignación de $ 60.00 mensuales, y nómbrase para desempeñarla a la señora Elvira de Rojas

Parágrafo

El gasto que demande él cumplimiento del artículo anterior, se imputará al capítulo 70, artículo 121 fi del Presupuesto de la vigencia en curso. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Correos y Telégrafos