JurídicoESEN

decreto 66 de 1936

2 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la Republica de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales, y CONSIDERADO Que consecuencia de los daños ocurridos en la carretera Fundación Valledupar, la comisión ordenada por Decreto 1845 de 1935, se vio obligada a tomar la vía de Riohacha, y Que principalmente por este motivo los viáticos asignados a los estudiantes que integraron la comisión a Valledupar fueron insuficientes

Article 1

Aumentase en un peso ($1) diarios los viáticos asignados a cada uno de los estudiantes que formaron parte de la comisión enviada a Valledupar, en cumplimiento del Decreto número 1845 de 1935.

Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se imputarán al capítulo 68, artículo 505, del Presupuesto de la actual vigencia.

Article 505, Del Presupuesto De La Actual Vigencia

Artículo único . Aumentase en un peso ($1) diarios los viáticos asignados a cada uno de los estudiantes que formaron parte de la comisión enviada a Valledupar, en cumplimiento del Decreto número 1845 de 1935. Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se imputarán al capítulo 68, artículo 505, del Presupuesto de la actual vigencia. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro De Guerra