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decreto 1235 de 1990

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el numeral 20 del artículo 120 de la Constitución Política

Article 1A Partir Del 1° De Julio De 1990, Suprímese En El Consulado General De Colombia En Munich, República Federal Alemana, Un (1) Cargo De Auxiliar Administrativo 7 Pa (Local), Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Doscientos Veintiséis Dólares Con 03/100 (Us$ 1

° A partir del 1° de julio de 1990, suprímese en el Consulado General de Colombia en Munich, República Federal Alemana, un (1) cargo de Auxiliar Administrativo 7 PA (local), con una asignación básica mensual de un mil doscientos veintiséis dólares con 03/100 (US$ 1.226.03), actualmente ocupado por la señora Magda Schmit de Scheneider.

Article 2A Partir Del 1° De Julio De 1990, Créase En El Consulado General De Colombia En Munich, República Federal De Alemania, Un (1) Cargo De Auxiliar Administrativo 10 Pa (Local), Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Quinientos Quince Dólares Con 83/100 (Us$ 1

° A partir del 1° de julio de 1990, créase en el Consulado General de Colombia en Munich, República Federal de Alemania, un (1) cargo de Auxiliar Administrativo 10 PA (local), con una asignación básica mensual de un mil quinientos quince dólares con 83/100 (US$ 1.515.83).

Article 3Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Article 4Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 20 del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público