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decreto 690 de 1883

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 414Adelantos Estadías $ 5,000

Art. 1.° Ábrese al Presupuesto de Gastos para la vigencia de 1882 á 1883 el siguiente crédito suplementar: DEPARTAMENTO DE CORREOS TELÉGRAFOS. Capítulo 95-Trasporte de correspondencia y encomiendas (gastos varios). Articulo 414. Adelantos estadías $ 5,000.

Article 1,334 Del Código Fiscal Y Para Los Efectos Del Mismo

Ábrese al Presupuesto de Gastos para la vigencia de 1882 á 1883 el siguiente crédito suplementar:

DEPARTAMENTO DE CORREOS TELÉGRAFOS.

Capítulo 95-Trasporte de correspondencia y encomiendas (gastos varios).

Articulo 414. Adelantos estadías $ 5,000.

Article 2

Sométase el presente decreto a la consideración del Congreso en cumplimiento del artículo 1,334 del Código Fiscal y para los efectos del mismo.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Secretario de Gobierno