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decreto 1235 de 1921

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1

Apruébase el siguiente Acuerdo: Acuerdo número 11 (de 11 de octubre de 1921). El Consejo Directivo de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional, acuerda;

Article 2

Artículo único. La prueba de suficiencia literaria prescrita por el Acuerdo número 9 de fecha 6 de octubre de 1920 para los alumnos matriculados en el primer año de estudios de la Facultad, tendré lugar en los días comprendidos del 5 de febrero al 1° de marzo de 1922.

Parágrafo 1

El examen será sobre las siguientes materias: francés, especialmente traducción al castellano y modismos de la lengua; castellano especialmente en lo que se refiere al lenguaje práctico, a la buena redacción y elocución; latín, versión correcta al castellano; filosofía en todas sus partes, especialmente en relación con las ciencias sociales y jurídicas; y nociones generales de historia universal.

Parágrafo 2

El Rector de la facultad formará oportunamente el jurado o jurados que deben presenciar estos exámenes.

Parágrafo 3

Por los exámenes de prueba se cobrarán en esta Facultad los mismos derechos que cobra la Escuela de Medicina por el mismo acto.

Signatories

El Presidente del Consejo, Rector de la Facultad
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública