en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO que de conformidad con el artículo 59 de la Constitución Nacional, la vigilancia de la gestión fiscal de la administración corresponde a la Contraloría General de la República
Article 1La Vigilancia Fiscal Del Instituto De Asuntos Nucleares Creado Por Decreto Número 0448 De 1956, Estará A Cargo De La Contraloría General De La República, En Los Términos Que Dispone El Decreto Número 0173 De 1956
°. La vigilancia fiscal del Instituto de Asuntos Nucleares creado por Decreto número 0448 de 1956, estará a cargo de la Contraloría General de la República, en los términos que dispone el Decreto número 0173 de 1956.
Article 2Derógase El Artículo 10 Del Decreto Número Mero 0448 De 1956
°. Derógase el artículo 10 del Decreto número mero 0448 de 1956.
Article 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,