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decreto 698 de 1993

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial por las consagradas en los artículos 211, 67 y 189, numerales 21, 22 y 26 de la Constitución Política, y 33 de la Ley 30 de 1992

Article 1° Delégase En La Ministra De Educación Nacional, Las Funciones De Inspección Y Vigilancia Que En Relación Con La Educación Superior, Consagran Los Artículos 31 Y 32 De La Ley 30 De 1992

° Delégase en la Ministra de Educación Nacional, las funciones de Inspección y Vigilancia que en relación con la Educación Superior, consagran los artículos 31 y 32 de la Ley 30 de 1992.

Article 2° Para El Ejercicio De La Inspección Y Vigilancia A Que Se Refiere El Artículo Anterior, La Ministra Actuará Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes

° Para el ejercicio de la Inspección y Vigilancia a que se refiere el artículo anterior, la Ministra actuará conforme a las disposiciones legales vigentes.

Article 3° El Presente Decreto Rige Desde Su Publicación En El Diario Oficial

° El presente Decreto rige desde su publicación en el Diario Oficial.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial por las consagradas en los artículos 211, 67 y 189, numerales 21, 22 y 26 de la Constitución Política, y 33 de la Ley 30 de 1992
La Ministra de Educación Nacional