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decreto 770 de 1921

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1

Artículo único. Las Intendencias Nacionales y las Comisarías Especiales pasarán mensualmente a la Dirección General de la Contabilidad Nacional, el cuadro sinóptico que exprese el monto total de los reconocimientos a favor y a cargo del Tesoro Nacional, el de los recaudos y el de los gastos durante el mes a que se refiere el cuadro. Este tendrá la forma prescrita por el Decreto número 1036 de 1904. También enviarán a la misma Oficina el balance general y el de entrada de cada año. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno