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decreto 521 de 1993

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978

Article 1° Apruébase El Acuerdo Número 023 De Octubre 15 De 1992 Emanado De La Junta Directiva De La Corporación Autónoma Regional De Risaralda Y Cuyo Texto Es El Siguiente: "acuerdo Numero 023 De 1992 La Junta Directiva De La Corporación Autónoma Regional De Risaralda, En Ejercicio De Sus Facultades Legales Y Estatutarias, Acuerda: Artículo 1° Las Funciones Propias De Las Distintas Dependencias De La Corporación Autónoma Regional De Risaralda, Carder, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: No

° Apruébase el Acuerdo número 023 de octubre 15 de 1992 emanado de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda y cuyo texto es el siguiente: "ACUERDO NUMERO 023 DE 1992 La Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, ACUERDA: Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, Carder, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece: No. de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado Despacho del Director General 1 Director General de Establecimiento Público 0015 12 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Conductor Mecánico 6010 09 Planta Globalizada 1 Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 07 2 Subdirector General de Establecimiento Público 0040 07 1 Jefe de Oficina 2045 19 1 Jefe de Oficina 2045 12 6 Jefe de División 2040 12 13 Profesional Especializado 3010 14 18 Profesional Universitario 3020 08 1 Analista de Sistemas 4005 15 4 Tecnólogo Especializado 3090 06 1 Recaudador de Impuesto 5030 20 1 Programador de Sistemas 4060 12 1 Tesorero 5015 18 3 Tecnólogo 4165 11 1 Diseñador 4045 11 4 Técnico Administrativo 4065 11 1 Archivista 4135 13 4 Secretario Ejecutivo 5040 15 1 Almacenista 5080 15 2 Técnico Operativo 4080 07 9 Secretario 5140 10 3 Auxiliar Administrativo 5120 11 19 Auxiliar de Técnico 4110 05 3 Auxiliar de Servicios Generales 6035 08 Artículo 2° El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda mediante resolución distribuirá los cargos de la Planta Globalizada y ubicará el personal acorde con la estructura orgánica, los planes y programas de la Corporación y las necesidades del servicio. Artículo 3° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha, deroga en todas sus partes el Acuerdo número 008 de marzo diecisiete (17) de mil novecientos ochenta y tres (1983), el Acuerdo número 013 de junio catorce (14) de mil novecientos ochenta y tres (1983) y el Acuerdo número 032 de diciembre dieciocho (18) de mil novecientos ochenta y seis (1986), y requiere para su validez aprobación por decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Dado en Pereira, a los 15 días del mes de octubre de 1992, por (Fdo.) El Presidente de la Junta Directiva. (Fdo.) El Secretario de la Junta Directiva".

Article 2Las Incorporaciones A La Planta De Personal Establecida Por El Presente Decreto, Quedan Sujetas A Las Apropiaciones Disponibles En El Presupuesto De Funcionamiento Para La Vigencia Fiscal De 1993 -Ley 21 De 1992-, Y No Se Atenderán Obligaciones De Prestación De Servicios Personales Con Cargo Al Presupuesto De Inversión

° Las incorporaciones a la Planta de Personal establecida por el presente Decreto, quedan sujetas a las apropiaciones disponibles en el presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1993 -Ley 21 de 1992-, y no se atenderán obligaciones de prestación de servicios personales con cargo al presupuesto de inversión.

Article 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial, Los Decretos 2079 Bis De 1983 Y 1183 De 1987

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial, los Decretos 2079 Bis de 1983 y 1183 de 1987.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Nacional de Planeación
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública