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decreto 2839 de 1954

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional

Article 1

Artículo primero. Autorízase al Alcalde Mayor de Bogotá para que eleve la actual Dirección de Circulación y Tránsito de Bogotá, a la categoría de Secretaría Municipal, dependiente directamente de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Article 2

Artículo segundo. La Dirección de Circulación y Tránsito se denominará Secretaría de Tránsito y Transportes, y tendrá a su cargo todo lo relativo a circulación y tránsito de la capital de la República. El Alcalde podrá, si lo estima conveniente, asignarle a esta Secretaria la dirección de los transportes de propiedad del Municipio.

Article 3

Artículo tercero. Autorízase al señor Alcalde Mayor de Bogotá para reglamentar el presente Decreto, el cual suspende las disposiciones que le sean contrarias y rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del Despacho de Obras Públicas
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones