El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
Article 1A Partir Del 1º De Junio De 1991, Créase En El Consulado General De Colombia En Nueva York, Estados Unidos De América, Un (1) Cargo De Cónsul General Y Nómbrase Para Desempeñarlo Al Doctor Pablo Navas Sanz De Santamaría
º A partir del 1º de junio de 1991, créase en el Consulado General de Colombia en Nueva York, Estados Unidos de América, un (1) cargo de cónsul General y nómbrase para desempeñarlo al doctor Pablo Navas Sanz de Santamaría.
Article 2Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Fondo De Promoción De Exportaciones, "proexpo"
º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al Presupuesto del Fondo de Promoción de Exportaciones, "Proexpo".
Article 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase
Signatories
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Desarrollo Económico