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decreto 192 de 1982

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981.

Article 1

Establécese la siguinte escala de remuneración para los empleos del área técnico-científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geologico-Mineras, Ingeominas. Grado Asignación básica 01 35.300 02 37.200 03 39.500 04 41.300 05 43.500 06 47.000 07 49.400 08 53.000 09 56.500 10 61.000

Article 2

En la escala de remuneración fijada en el artículo anterior, la primera columna señala los grados de remuneración, la segunda columna indica la asignación básica mensual establecida para cada grado.

Article 3

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1982. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Minas y Energía
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil