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decreto 57 de 1974

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1Fíjanse Los Cómputos Del Presupuesto De Ingresos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal Del 1° De Enero Al 31 De Diciembre De 1974, En La Suma De Dos Mil Cuatrocientos Setenta Y Cuatro Millones Trescientos Setenta Mil Pesos ($ 2

° Fíjanse los cómputos del presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1974, en la suma de dos mil cuatrocientos setenta y cuatro millones trescientos setenta mil pesos ($ 2.474.370.000). AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 34030 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG 5

Article 2Apropiase Para Atender A Los Gastos Del Fondo Vial Nacional Durante La Vigencia Fiscal Del 1° De Enero Al 31 De Diciembre De 1974, En La Suma De Dos Mil Cuatrocientos Setenta Y Cuatro Millones Trescientos Setenta Mil Pesos ($ 2

° Apropiase para atender a los gastos del Fondo Vial Nacional durante la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1974, en la suma de dos mil cuatrocientos setenta y cuatro millones trescientos setenta mil pesos ($ 2.474.370.000.00) moneda corriente. AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 34030 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG 5 Y 6.

Article 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas