El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales
Article 1
º . Modificase el artículo 1º del Decreto número 948 de 1982, en el sentido de que durante el propio día de las elecciones no podrán transmitirse por las estaciones de radiodifusión sonora ninguna clase de anuncios publicitarios de carácter político.
Article 2Este Decreto Rige Desde Su Expedición Publíquese Y Cúmplase
º Este Decreto rige desde su expedición
Signatories
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Defensa Nacional
El Ministro de Cocunicaciones