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decreto 2199 de 1959

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Article 1

Artículo primero. La suma de ochenta mil pesos ($80.000.00) moneda corriente, que correspondió a la Comisaría del Putumayo en la distribución de auxilios efectuada por el artículo primero del Decreto número 0869 de 1959, con destino a la construcción de Hospitales-Puestos de Salud en Sibundoy y Puerto Asís, y ampliación del Hospital de Mocoa, se destinará a los servicios de salud pública en esa Comisaría, de acuerdo con el contrato suscrito con ese fin entre el Gobierno Nacional (Ministerio de Salud Pública) y la Comisaría del Putumayo.

Article 2

Artículo segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, la suma de ochenta mil pesos ($80.000.00) moneda corriente será entregada al Síndico-Pagador de la Dirección Comisarial de Salud Pública del Putumayo. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud Pública