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decreto 56 de 1967

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones constitucionales

Article 1

Artículo primero. La Directora de las Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional tendrá una asignación mensual de dos mil ochocientos veinte pesos ($2.820), con efectos fiscales a partir del 1° de marzo de 1966. Los miembros de la Junta Directiva, con excepción de la Directora, devengarán la suma de cien pesos ($100.00) por concepto de honorarios por cada sesión, de duración no inferior a dos horas, a que asistan, y hasta dos veces en un mismo mes.

Article 2

Derógase el artículo 5° del Decreto número 821 de 1963.

Article 5Del Decreto Número 821 De 1963

Artículo segundo. Derógase el artículo 5° del Decreto número 821 de 1963.

Article 3

Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional