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decreto 779 de 1990

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política

Article 1Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Bélgica, Un (1) Cargo De Consejero Comercial

° Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Bélgica, un (1) cargo de Consejero Comercial.

Article 2Nómbrase Al Doctor Michael Vanmerbeke, Consejero Comercial De La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Bélgica, Cargo Creado Mediante El Artículo 1° Del Presente Decreto

° Nómbrase al doctor Michael Vanmerbeke, Consejero Comercial de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Bélgica, cargo creado mediante el artículo 1° del presente Decreto.

Article 3Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Fondo De Promoción De Exportaciones “proexpo”

° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Fondo de Promoción de Exportaciones “Proexpo”.

Article 4Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores
La Ministra de Desarrollo Económico