JurídicoESEN

decreto 2516 de 1966

2 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1Decláranse Sin Efecto El Artículo 2° Del Decreto Número 1797 De 1966 Y Los Decretos 1908 Y 1941 Del Mismo Año, Por Medio De Los Cuales Se Hicieron Los Siguientes Nombramientos En El Departamento Administrativo De Planeación, No Haberse Ajustado A Los Mecanismos De Postulación Previstos En Los Artículos 50 A 56 Del Decreto-Ley 1732 De 1960: Miguel Carrillo Mantilla, Para El Cargo De Economista (Jefe De Sección) X-25-A, De La Sección De Planeación General De La División De Estudios Económicos Globales; Diego L

° Decláranse sin efecto el artículo 2° del Decreto número 1797 de 1966 y los Decretos 1908 y 1941 del mismo año, por medio de los cuales se hicieron los siguientes nombramientos en el Departamento Administrativo de Planeación, no haberse ajustado a los mecanismos de postulación previstos en los artículos 50 a 56 del Decreto-ley 1732 de 1960: Miguel Carrillo Mantilla, para el cargo de Economista (Jefe de Sección) X-25-a, de la Sección de Planeación General de la División de Estudios Económicos Globales; Diego L. Flórez Forero, para el cargo de Economista VIII-23-a, de la Sección de Estudios Generales de la División del Sector Público, y Francisco Gómez Duque, para el cargo de Economista VI-21-a, de la Sección de Estudios Generales de la División del Sector Público.

Article 2El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del 16 De Agosto De 1966

° El presente Decreto surte efectos fiscales a partir del 16 de agosto de 1966. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales
El Jefe del Departamento Administrativo de Planeación