JurídicoESEN

decreto 1906 de 1929

4 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1El Personal Y Las Asignaciones Mensuales De La División De La Policía Nacional Destinado A La Guarnición De La Zona Bananera, Serán Los Siguientes: Un Jefe 300 Un Comisario De Primera Clase 170 Sesenta Agentes De Segunda Clase, A $ 90 Cada Uno

° El personal y las asignaciones mensuales de la División de la Policía Nacional destinado a la guarnición de la zona bananera, serán los siguientes: Un Jefe 300 Un Comisario de primera clase 170 Sesenta Agentes de segunda clase, a $ 90 cada uno. 5,400

Article 2Los Gastos De Pasaportes, Alojamiento, Medicinas, Vestuario Y Demás Equipo Se Liarán De La Partida Votada Para Material De La Policía Nacional En El Presupuesto Respectivo

° Los gastos de pasaportes, alojamiento, medicinas, vestuario y demás equipo se liarán de la partida votada para material de la Policía Nacional en el Presupuesto respectivo.

Article 3Nómbrase Á Los Señores Enrique Calderón Y Santiago Cubillos, Respectivamente, Jefe Y Comisario De Primera Clase De La División De La Zona Bananera

° Nómbrase á los señores Enrique Calderón y Santiago Cubillos, respectivamente, Jefe y Comisario de primera clase de la División de la zona bananera.

Article 4Para Los Efectos Fiscales Y De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Artículo 6 De La Ley 15 Del Presente Año, Este Decreto Regirá Desde El 10 De Octubre Último, Fecha De La Sanción De La Ley Citada

° Para los efectos fiscales y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 15 del presente año, este Decreto regirá desde el 10 de octubre último, fecha de la sanción de la Ley citada. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno