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decreto 1065 de 1965

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y de conformidad con los Decretos 1678 de 1960, 235 de 1903, y en especial de las que le confiere el 1715 de 1960

Article 1

Artículo único. A partir del 1° de mayo de 1965 Adiciónanse las plantas de personal de la División de Impuestos Nacionales y de las Administraciones Regionales de Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla establecidas por Decretos 3273 y 3274 de diciembre 27 de 1963, en la siguiente forma: División de Impuestos Nacionales, Subdivisión de Investigación Tributaría. Sección de Revisoría de Contabilidades: Clase Grado 15 Técnicos de Contabilidad II 10 Administración de Impuestos Nacionales de Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla. Sección de Liquidaciones de Impuestos sobre la Renta: Clase Grado Bogotá Medellín Cali Barranquilla Revisores de liquidación de Impuestos VII 15 2 1 1 1 Liquidadores de Impuestos V 13 4 2 Liquidadores de Impuestos IV 11 6 2 2 2 Jefe de Grupo (Notificación) III 9 1 Mecanógrafas III 5 6 4 3 Sección de Cuentas Corrientes Oficinista V 7 4 4 2 Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República