DecretoIn force
Decreto 1386 de 1976
Por el cual se hace la provisión de unos Empleos de la Planta de Personal de la Dirección General de Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público Establecida por Decreto número 1296 de 30 de junio de 1976
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1Con Efectividad Al 1° De Marzo De 1976, Incorporase A La Planta De Personal De La Dirección General De Servicias Administrativos Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Púbico En Cargos Creados Por Decreto Número 1296 De 30 De Junio De 1976, A Las Siguientes Personas: Direccion General De Servicios Administrativos Denominación Del Empleo-Clase-Grado-Sueldo Básico-Nombre De Las Personas2Con Efectividad Al 1° De Mayo De 1976 Incorporase Al Doctor José María Falla Lizcano, En El Cargo De Jefe De División Vi, Grado 31, De Servicios Generales De La Dirección General De Servicios Administrativos Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Con Una Asignación Mensual De $133Con Efectividad Al 26 De Mayo De 1976, Incorporase Al Doctor Manuel Baudilio Méndez Bernal En El Cargo De Jefe De Sección Vii, Grado 26, De Transportes Y Mantenimiento De La División De Servicios Generales De La Dirección General De Servicios Administrativos Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Con Una Asignación Mensual De $ 104Nómbrase Con Carácter Provisional, En Cargos Creados Por Decreto Número 1296 De 30 De Junio De 1976 A Las Siguientes Personas; Direccion General De Servicios Administrativos Division De Finanzas, Adquisiciones Y Suministros Sección De Finanzas Denominación Del Empleo-Clase-Grado-Sueldo Básico Nombre De Las Personas5Los Nombramientos Provisionales A Que Se Refiere El Artículo Anterior, No Podrán Exceder De Cuatro (4) Meses Contados A Partir De La Fecha De La Posesión; Si Vencido Este Término Los Empleados No Han Sido Provistos Mediante Concurso, Los Nombrados Cesarán En Sus Funciones6Los Funcionarios Incorporados Por El Presente Decreto No Se Entenderán Desvinculados Del Servicio Para Ningún Efecto Legal7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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