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decreto 1546 de 1923

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Asígnaseles Las Funciones De Pagadores Contadores Del Ministerio De Instrucción Pública, A Los Empleados Señores J

º Asígnaseles las funciones de Pagadores Contadores del Ministerio de Instrucción Pública, a los empleados señores J. J. Otero Durán, Andrés Carrasquilla Ortega y José María Ayerbe S.

Article 2El Ministerio De Instrucción Pública Señalará Por Resolución Especial Las Oficinas A Las Cuales Deba Pagar Cada Uno De Los Pagadores Contadores A Que Se Refiere El Presente Decreto

º El Ministerio de Instrucción Pública señalará por Resolución especial las oficinas a las cuales deba pagar cada uno de los Pagadores Contadores a que se refiere el presente decreto.

Article 3Los Pagadores Contadores Tendrán Ún Sobresueldo De $ 50 Mensuales El Primero, Y $ 45 Mensuales Los Dos Segundos

º Los Pagadores Contadores tendrán ún sobresueldo de $ 50 mensuales el primero, y $ 45 mensuales los dos segundos. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública