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decreto 2509 de 1956

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbano el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Article 1Los Ministros Del Despacho Ejecutivo, Los Agentes Diplomáticos Y Los Miembros De Las Fuerzas Armadas En El Servicio Activo, Podrán Ejercer Las Funciones De Diputados A La Asamblea Nacional Constituyente Y Legislativa, Previa Licencia Para Separarse De Sus Respectivos Cargos

Articulo 1.º Los Ministros del Despacho Ejecutivo, los Agentes Diplomáticos y los miembros de las Fuerzas Armadas en el servicio activo, podrán ejercer las funciones de Diputados a la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa, previa licencia para separarse de sus respectivos cargos.

Article 2º Este Decreto Suspende El Artículo 27 De La Ley 96 De 1920 Y Todas Las Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º Este Decreto suspende el artículo 27 de la Ley 96 de 1920 y todas las demás disposiciones que le sean contrarias.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores, Encargado del Ministerio de Educacion Nacional
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Comunicaciones, encargado del Ministerio de Guerra
El Ministro de Obras Públicas