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decreto 4985 de 2007

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las conferidas por el artículo 189, numeral 1 de la Constitución Política, CONSIDERANDO: Que la doctora María del Rosario Guerra de la Espriella, manifestó impedimento, para intervenir en los asuntos relacionados con la Emisora Radio Piragua por ser el titular de la licencia de radiodifusión sonora el señor Juan Guerra Tulena, pariente en tercer grado de consanguinidad de la señora Ministra

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Que la doctora María del Rosario Guerra de la Espriella, manifestó impedimento, para intervenir en los asuntos relacionados con la Emisora Radio Piragua por ser el titular de la licencia de radiodifusión sonora el señor Juan Guerra Tulena, pariente en tercer grado de consanguinidad de la señora Ministra;

Que de conformidad con lo consagrado en el artículo 40 de la ley 734 de 2002 se acepta el impedimento;

Article 1Nombrar Al Doctor Carlos Holguín Sardi, Ministro Del Interior Y De Justicia Como Ministro Ad Hoc De Comunicaciones, Para Que Conozca De Todos Los Asuntos Relacionados Con Radio Piragua

°. Nombrar al doctor Carlos Holguín Sardi, Ministro del Interior y de Justicia como Ministro ad hoc de Comunicaciones, para que conozca de todos los asuntos relacionados con Radio Piragua.

Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las conferidas por el artículo 189, numeral 1 de la Constitución Política