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decreto 50 de 2013

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Nómbrase Como Ministro Del Trabajo Ad Hoc Al Doctor Alejandro Gaviria Uribe, Ministro De Salud Y Protección Social, Para Conocer Y Decidir Sobre Los Asuntos, Relacionados Con La Reglamentación Del Literal 1) Del Artículo 13 Y El Artículo 21 De La Ley 100 De 1993, Así Como Para Intervenir Y Dar Respuesta Al Cuestionario Propuesto Por La Corte Constitucional Dentro De La Acción Pública De Inconstitucionalidad Incoada Por Los Ciudadanos Germán Calderón España Y Dionisio Enrique Araújo Angulo En Contra Del Artículo 17 De La Ley 4ª De 1992 Expedientes D-9173 Y D 9183)

°. Nómbrase como Ministro del Trabajo ad hoc al doctor Alejandro Gaviria Uribe, Ministro de Salud y Protección Social, para conocer y decidir sobre los asuntos, relacionados con la reglamentación del literal 1) del artículo 13 y el artículo 21 de la Ley 100 de 1993, así como para intervenir y dar respuesta al cuestionario propuesto por la Corte Constitucional dentro de la acción pública de inconstitucionalidad incoada por los ciudadanos Germán Calderón España y Dionisio Enrique Araújo Angulo en contra del artículo 17 de la Ley 4ª de 1992 Expedientes D-9173 y D 9183).

Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,