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decreto 3269 de 2002

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Desarrollo Económico presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto de la Dirección General del Presupuesto

Whereas · 1 recital

Que el Ministerio de Desarrollo Económico presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto de la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;

Article 1Suprímense De La Planta De Personal Del Ministerio De Desarrollo Económico, Establecida Mediante Decreto 1025 Del 9 De Junio De 2000, Los Siguientes Cargos Vacantes: N° De Cargos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado Planta Global 1 (Uno) Técnico Administrativo 4065 09 1 (Uno) Técnico Operativo 4080 07 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 17

°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Desarrollo Económico, establecida mediante Decreto 1025 del 9 de junio de 2000, los siguientes cargos vacantes: N° de Cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado PLANTA GLOBAL 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 09 1 (uno) Técnico Operativo 4080 07 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 17

Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 1025 De 2000 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 1025 de 2000 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Desarrollo Económico
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública