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decreto 314 de 1958

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

en uso de las atribuciones de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional

Article 1Autorízase Al Gobierno Para Cancelar Ochenta Mil Pesos ($ 80

Articulo 1°. Autorízase al Gobierno para cancelar ochenta mil pesos ($ 80.000.00), saldo de una deuda existente a favor del Instituto de Crédito Territorial, por compra de ocho (8) casas en el Barrio Obrero de la ciudad de Pamplona, que hiciera el Ministerio de Guerra con destino a Viviendas Fiscales de Suboficiales.

Article 2El Ministerio De Guerra, Por Intermedio Del Comando Del Ejército, Contaduría Principal, Procederá A Efectuar El Pago De La Suma Inferior, Que Se Tomará Del Ordinal 2°, Articulo 5563

Articulo 2°. El Ministerio de Guerra, por intermedio del Comando del Ejército, Contaduría Principal, procederá a efectuar el pago de la suma inferior, que se tomará del ordinal 2°, articulo 5563. Capítulo 544 del Decreto número 0167 del 25 de enero de 1957.

Article 3Quedan Suspendidas Todas Las Disposiciones Que Sean Contrarias A Este Decreto

Articulo 3°. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a este Decreto.

Article 4El Presente

°. El presente. Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas