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decreto 1717 de 1930

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que por causa del invierno la primera Comisión mixta Colombo-Venezolana de Límites, aceptó suspender la colocación de varios hitos internacionales en La Goajira, hasta fines del próximo mes de diciembre, dando esto motivo para que la Comisión colombiana regresara a esta ciudad

Article 253, De La Vigente Ley De Apropiaciones

Mientras la primera Comisión Colombiana de Límites con Venezuela permanece en esta ciudad y hasta su regreso en el próximo mes de diciembre a La Goajira, a contar desde la fecha de su llegada a Bogotá, el Médico prestará a la misma Comisión los servicios de Oficial Mecanógrafo con un sueldo mensual de ciento setenta pesos ($ 170), el cual se imputará al capítulo 21, artículo 253, de la vigente Ley de Apropiaciones. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores