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decreto 2078 de 1930

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y TENIENDO EN CUENTA: 1° Que el 16 de diciembre último se retiraron por renuncia aceptada los señores Fabio Romero, J. Eduardo Sandoval y José Vicente Rivera de los puestos de primero y segundo Ayudantes y Dibujante, respectivamente, de la Comisión de trazado de la carretera de Cúcuta a los ríos Tarra y Catatumbo. 2° Que el Ingeniero Jefe de tal Comisión, doctor Benjamín Dussán Canáls, en vista del estado en que se encontraban los trabajos en tal fecha y en atención a la urgencia que h

Article 1

° . Los señores Argemiro Escobar, Gerardo Cárter y Eduardo Mariño Herrera tendrán derecho a las siguientes sumas como honorarios por los servicios que prestaron en la Comisión técnica encargada de trazar la carretera de Cúcuta a los ríos Tarra y Catatumbo, durante los últimos quince días del mes de diciembre de 1929: El señor Escobar, $ 200; el señor Carter, $ 170, y el señor Mariño, $ 106-25.

Article 2Los Pagos Ordenados En El Artículo Anterior Se Cargarán Al Crédito Mencionado Arriba, Que Dice Así: Capítulo 70

°. Los pagos ordenados en el artículo anterior se cargarán al crédito mencionado arriba, que dice así: Capítulo 70. Carreteras y caminos de herradura. Artículo 757 R. Vía Cúcuta-ríos Tarra y Catatumbo, para el pago de cuentas de vigencias anteriores, $ 476-25. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas