Article 1
Artículo único . Créase una plaza más de Teniente-coronel adjunto al Estado Mayor jeneral del Ejército. Queda en estos términos reformado el decreto número 393 do 1879, "orgánico de la fuerza pública de la Union."
Signatories
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Secretario del Guerra i Marina