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decreto 456 de 1931

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere la Ley 3ª del año pasado, y CONSIDERANDO Que debido a la actual crisis fiscal se hace necesario efectuar las mayores economías que sea posible

Whereas · 2 recitals

Que debido a la actual crisis fiscal se hace necesario efectuar las mayores economías que sea posible; y;

Que con el Teniente Ayudante y un Escribiente es suficiente para desarrollar los trabajos de oficina que tienen que llevar a cabo los Comandos Divisionarios;

Article 1

Artículo único. Desde la fecha, elimínase un Escribiente en cada uno de los Comandos de la 1ª, 3ª, 4ª y 5ª División del Ejército, quedando así reformado el Decreto número 1901 de 1929.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Guerra