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decreto 905 de 1922

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Suprímese La Plaza De Ayudante En La Oficina Telegráfica De La Ceja, Y Cuatro En La La De Salamina (Caldas), Y Créanse Tres Más De Ayudantes Y Una De Copísta En La De Medellín, Y Una De Ayudante En La De Manizales, Con Las Mismas Asignaciones Mensuales Que Corresponden A Las De Su Clase En Estas Últimas Oficinas,

º Suprímese la plaza de Ayudante en la Oficina Telegráfica de La Ceja, y cuatro en la la de Salamina (Caldas), y créanse tres más de Ayudantes y una de Copísta en la de Medellín, y una de Ayudante en la de Manizales, con las mismas asignaciones mensuales que corresponden a las de su clase en estas últimas Oficinas,

Article 2Créase La Oficina Postal Y Telegráfica De Restrepo (Departamento Del Valle), Con El Personal Y Asignaciones Mensuales Siguientes: Un Telegrafista Administrador, Con $ 32 Un Cartero, Con 5 Para Gastos De Alumbrado 1 Comuníquese Y Publíquese

º Créase la Oficina Postal y Telegráfica de Restrepo (Departamento del Valle), con el personal y asignaciones mensuales siguientes: Un Telegrafista Administrador, con $ 32 Un Cartero, con 5 Para gastos de alumbrado 1 Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno