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decreto 904 de 1957

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1

De la partida apropiada en el Capítulo 532, artículo 5371, ordinal 22) del Presupuesto vigente "para conservación de las Carreteras del Plan Vial, y otras, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado", hácese la siguiente distribución:

Artículo 5371. Ordinal 22).

Article 5371, Ordinal 22) Del Presupuesto Vigente "para Conservación De Las Carreteras Del Plan Vial, Y Otras, Según Distribución Que Hará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado", Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 532

Artículo único . De la partida apropiada en el Capítulo 532, artículo 5371, ordinal 22) del Presupuesto vigente "para conservación de las Carreteras del Plan Vial, y otras, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado", hácese la siguiente distribución: CAPITULO 532. Artículo 5371. Ordinal 22).

Parágrafo 5

. Para la carretera Mosquera- Facatativá $ 150.000.00 Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas