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decreto 2798 de 1944

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el Ministerio de Correos y Telégrafos, por contrato celebrado con el Municipio de Betulia, aprobado por Acuerdo número 33 del 25 de septiembre de 1943, concedió permiso al citado Municipio para instalar y dar al servicio público una Oficina Postal y Telegráfica en el Corregimiento de Altamira, en el Departamento de Antioquia

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Que el Ministerio de Correos y Telégrafos, por contrato celebrado con el Municipio de Betulia, aprobado por Acuerdo número 33 del 25 de septiembre de 1943, concedió permiso al citado Municipio para instalar y dar al servicio público una Oficina Postal y Telegráfica en el Corregimiento de Altamira, en el Departamento de Antioquia ;

Que el contrato está debidamente legalizado;

Article 1Créase La Oficina Postal Y Telegráfica De Altamira (Antioquia)

° Créase la Oficina Postal y Telegráfica de Altamira (Antioquia).

Article 2El Pago De Empleados Y Demás Gastos De Sostenimiento Correrán Por Cuenta Del Municipio Contratante, El Cual Cumplirá En Todas Sus Partes Las Cláusulas Del Respectivo Contrato

° El pago de empleados y demás gastos de sostenimiento correrán por cuenta del Municipio contratante, el cual cumplirá en todas sus partes las cláusulas del respectivo contrato. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Despacho de Correos v Telégrafos