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decreto 477 de 1909

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el Decreto número 456 del corriente año, que obedece tan sólo á facilitar el derecho de sufragio á los militares en servicio activo y á los miembros de los Colegios Electorales, se ha prestado á erróneas interpretaciones que pueden entorpecer el debate electoral, interpretaciones que no están de acuerdo con los propósitos honrados del Gobierno, de dar amplia garantía al ejercicio de aquel derecho

Whereas · 1 recital

Que el Decreto número 456 del corriente año, que obedece tan sólo á facilitar el derecho de sufragio á los militares en servicio activo y á los miembros de los Colegios Electorales, se ha prestado á erróneas interpretaciones que pueden entorpecer el debate electoral, interpretaciones que no están de acuerdo con los propósitos honrados del Gobierno, de dar amplia garantía al ejercicio de aquel derecho;

Article 1

Artículo único. Derógase en todas sus partes el Decreto número 456 de fecha de 3 del mes en curso.

Parágrafo

El presente Decreto regirá desde la fecha de su expedición Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno