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decreto 599 de 1982

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales

Article 1Modifícase El Artículo 1° Del Decreto Numero1204 De Noviembre 17 De 1981, En El Sentido De Que Se Comisiona Al Arquitecto Antonio José Morales, A Partir Del 8 De Diciembre De 1981 Y No Como En La Citada Disposición Aparece

° Modifícase el artículo 1° del Decreto numero1204 de noviembre 17 de 1981, en el sentido de que se comisiona al arquitecto Antonio José Morales, a partir del 8 de diciembre de 1981 y no como en la citada disposición aparece.

Article 2Modificase El Artículo 2° Del Decreto Número 3204 De Noviembre 17 De 1981, En El Sentido De Que El Arquitecto Antonio José Morales, Tendrá Derecho A La Suma De Doscientos Dólares (Us$ 200

° Modificase el artículo 2° del Decreto número 3204 de noviembre 17 de 1981, en el sentido de que el arquitecto Antonio José Morales, tendrá derecho a la suma de doscientos dólares (US$ 200.00) diarios por concepto de viáticos durante cinco (5) días y no como en la citada disposición aparece.

Article 3Los Viáticos Fijados En El Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

° Los viáticos fijados en el presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Article 4Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores