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decreto 1647 de 1967

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que corresponde al Presidente de la República como suprema autoridad Administrativa velar porque todos los servidores del estado llenen oportuna y debidamente sus deberes y cuidar de la exacta y debida inversión de los fondos públicos

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Que corresponde al Presidente de la República como suprema autoridad Administrativa velar porque todos los servidores del estado llenen oportuna y debidamente sus deberes y cuidar de la exacta y debida inversión de los fondos públicos;

Que para el cabal cumplimiento de esas atribuciones y para asegurar el buen servicio público es preciso adicionar las normas vigentes a fin de que los pagos a los servidores del estado correspondan siempre al servicio rendido.

Article 1-

º.- Los pagos por sueldos o cualquiera otra forma de remuneración a los empleados públicos y a los trabajadores oficiales del orden nacional, departamental, intendencial, comisarial, distrital, municipal y de las empresas y establecimientos públicos, serán por servicios rendidos, los cuales deben comprobarse debidamente ante los respectivos funcionarios de la Contraloría General de la República y las demás Contralorías a quienes corresponde la vigilancia fiscal.

Article 2

Los funcionarios que deban certificar los servicios rendidos por los empleados públicos y trabajadores oficiales de que trata el artículo anterior, estarán obligados a ordenar el descuento de todo día no trabajado sin la correspondiente justificación legal. Ver los Decretos Nacionales 1838 y 1844 de 2007

Article 3-

º.- Los funcionarios que certifiquen como rendidos servicios que no lo fueron; además de las sanciones penales por falsedad en que puedan incurrir, estarán obligados al reintegro de los sueldos o remuneraciones indebidamente pagados.

Article 4-

º.- Este Decreto rige desde la fecha de su expedición

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro del Trabajo