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decreto 2486 de 1991

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los Decretos 2898 de 1954 y 1190 de 1984, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional concede la "Orden del Mérito Industrial", con el fin de estimular y recompensar los aportes significativos de las empresas en el desarrollo industrial colombiano

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Que el Gobierno Nacional concede la "Orden del Mérito Industrial", con el fin de estimular y recompensar los aportes significativos de las empresas en el desarrollo industrial colombiano; y reafirmar los esfuerzos realizados para alcanzar sus logros;

Que la Compañía Kellogg's de Colombia S. A., cumple 32 años de permanente actividad en el país, en la elaboración y comercialización de cereales listos para consumo;

Que la Compañía Kellogg's de Colombia S. A., viene renovando gran parte de su infraestructura industrial para mejorar la calidad en todos sus productos;

Que la Compañía Kellogg's de Colombia S. A., con las inversiones en las nuevas tecnologías, además de significar el crecimiento del mercado, implica el desarrollo y fomento de mano de obra calificada.

Que la Compañía Kellogg's de Colombia S. A., se ha prepuesto como meta desarrollar los mercados externos, especialmente a Ecuador, Perú y Venezuela; Por tales razones, el Gobierno Nacional;

Article 1Confiérese La "orden Del Mérito Industrial" En La Categoría De "gran Oficial" A La Compañía Kellogg's De Colombia S

° Confiérese la "Orden del Mérito Industrial" en la categoría de "Gran Oficial" a la Compañía Kellogg's de Colombia S. A., representada por el doctor Luis Gómez Durham, su Gerente General.

Article 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los Decretos 2898 de 1954 y 1190 de 1984, y
El Ministro de Desarrollo Económico