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decreto 2782 de 1994

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6º de 1971 y 7º de 1991 y previo el concepto del Consejo Superior de Comercio Exterior

Article 1º

º. Derogar el artículo 5º del Decreto 2074 del 23 de diciembre de 1992.

Article 2º

º. Modificar el texto de la subpartida 2710.00.50.10, el cual quedará así: 2710.00.50.10-Diesel y gasóleo marinos.

Article 3º

º. Fijar los siguientes gravámenes arancelarios para las subpartidas que a continuación se indican: SUBPARTIDAS GRAVAMEN % 3904.10.10.00 15 4104.31.00.00 10 4104.39.00.00 10

Article 4º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6º de 1971 y 7º de 1991 y previo el concepto del Consejo Superior de Comercio Exterior
Presidente de la República