JurídicoESEN

decreto 444 de 1939

4 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO Que la Ley 149 de 1938 reformatoria de la número 23 de 1936, ordena la construcción de la obra de irrigación del ejido Municipal de Mariquita, y destina la suma de $ 40,000 para la realización de ella. Que en el Presupuesto Nacional vigente Decreto número 2334 de 1938, en el Capítulo 45 artículo 274, fueron liquidados $ 30,000 para el cumplimiento de la mencionada Ley. Que los estudios previos proyectos, planos y presupuestos elaborados por la Sección de Aguas del Minist

Whereas · 3 recitals

Que la Ley 149 de 1938 reformatoria de la número 23 de 1936, ordena la construcción de la obra de irrigación del ejido Municipal de Mariquita, y destina la suma de $ 40,000 para la realización de ella.

Que en el Presupuesto Nacional vigente Decreto número 2334 de 1938, en el Capítulo 45 artículo 274, fueron liquidados $ 30,000 para el cumplimiento de la mencionada Ley.

Que los estudios previos proyectos, planos y presupuestos elaborados por la Sección de Aguas del Ministerio de la Economía Nacional, están ya terminados y aprobados.

Article 1El Ministerio De La Economía Nacional, Por Conducto De La Sección De Irrigación Del Respectivo Departamento Iniciará Los Trabajos De Construcción Del Plan Irrigatorio De Mariquita, De Acuerdo Con Los Planos Y Proyectos Aprobados

° El Ministerio de la Economía Nacional, por conducto de la Sección de Irrigación del respectivo Departamento iniciará los trabajos de construcción del plan irrigatorio de Mariquita, de acuerdo con los planos y proyectos aprobados.

Article 2La Administración Y Dirección De La Obra Estará A Cargo De Un Ingeniero Director, Que Tendrá Una Asignación Mensual De $ 270,00 Y De Un Almacenista Pagador Que Tendrá Una Asignación De $ 120

° La administración y dirección de la obra estará a cargo de un Ingeniero director, que tendrá una asignación mensual de $ 270,00 y de un Almacenista Pagador que tendrá una asignación de $ 120.00.

Article 3Para Desempeñar El Cargo De Ingeniero Director Nómbrase Al Ingeniero Alberto Mejía Marulanda

° Para desempeñar el cargo de Ingeniero Director nómbrase al Ingeniero Alberto Mejía Marulanda.

Article 4Los Gastos Que Ocasione El Presente Decreto, Se Harán De Acuerdo Con Los Presupuestos Mensuales Elaborados Por El Departamento De Aguas Y Meteorología Del Ministerio De La Economía Nacional, Por Conducto De La Administración De Hacienda Nacional De Honda, Y Serán Imputados Al Capítulo 45, Artículo 274 Del Presupuesto Nacional Vigente

° Los gastos que ocasione el presente Decreto, se harán de acuerdo con los presupuestos mensuales elaborados por el Departamento de Aguas y Meteorología del Ministerio de la Economía Nacional, por conducto de la Administración de Hacienda Nacional de Honda, y serán imputados al Capítulo 45, artículo 274 del Presupuesto Nacional vigente. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de la Economía Nacional