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decreto 596 de 1965

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1

De la partida apropiada en el Capítulo 1192, artículo 11913, del Presupuesto vigente, "para construcción de carreteras, según distribución que hará el Gobierno de acuerdo con el contrato con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento", hácese la siguiente distribución:

CAPITULO 1192

Artículo 11913.

Recursos del Crédito Externo.

Proyecto 1.

Article 11913, Del Presupuesto Vigente, "para Construcción De Carreteras, Según Distribución Que Hará El Gobierno De Acuerdo Con El Contrato Con El Banco Internacional De Reconstrucción Y Fomento", Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 1192 Artículo 11913

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 1192, artículo 11913, del Presupuesto vigente, "para construcción de carreteras, según distribución que hará el Gobierno de acuerdo con el contrato con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento", hácese la siguiente distribución: CAPITULO 1192 Artículo 11913. Recursos del Crédito Externo. Proyecto 1. Para estudios de carreteras nacionales $10.000.000 Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas