en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 154, 204, 205, 218 y 220 de la Ley 100 de 1993
Article 1
º . En los meses de agosto y septiembre de 2008, las Entidades Promotoras de Salud, EPS, y demás Entidades Obligadas a Compensar, EOC, presentarán tres (3) procesos de compensación conforme a las reglas previstas en el Decreto 2280 de 2004; el primer proceso el día 5 hábil del mes, el segundo proceso el 11 hábil del mes y el tercer proceso el día 18 hábil del mismo mes, hasta las 3:00 p. m.
Article 2
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.