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decreto 1047 de 1967

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el Decreto ley 691 de 1967

Article 1Señálase La Siguiente Planta De Personal De La División De Control De Precios Internacionales De La Superintendencia De Comercio Exterior: Jefatura De La División

° Señálase la siguiente planta de personal de la División de Control de Precios Internacionales de la Superintendencia de Comercio Exterior: Jefatura de la División. 1 Jefe de División (Economista) $ 8.000 1 Secretaria Mecanotaquígrafa Bilingüe 2.500 1 Secretaria Auxiliar 1.600 Sección de Selección y Ejecución de Investigaciones. 1 Jefe de Sección (Economista experto en precios) 6.000 1 Contador Público Juramentado 5.000 1 Secretario Auxiliar 1.600 Sección de Análisis y Conceptos. 1 Ingeniero Industrial 5.500 1 Ingeniero Químico 5.500 1 Ingeniero Textil $ 5.500 2 Secretarias Auxiliares, cada una 1,600 Sección de Archivo e Información. 1 Jefe de sección 3.500 1 Secretaria Auxiliar 1.600

Article 2El Asesor Jurídico Del Despacho Del Superintendente Tendrá La Misma Asignación De Los Jefes De División De La Superintendencia

° El Asesor jurídico del despacho del Superintendente tendrá la misma asignación de los Jefes de División de la Superintendencia.

Article 3Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el Decreto ley 691 de 1967
El Ministro de Fomento