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decreto 894 de 1928

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1O Delégese A La Gobernación Del Departamento Del Cauca La Adminitración De Los Trabajos De La Vía Del Suroeste, Secciones Santander-Piendamó, Y Piendamó-Popayán, Y Del Camino De Moscopín, Trayectos Popayán-Garzón Y Coconuco San Agustin Por Paletaré

o Delégese a la Gobernación del Departamento del Cauca la adminitración de los trabajos de la vía del Suroeste, secciones Santander-Piendamó, y Piendamó-Popayán, y del camino de Moscopín, trayectos Popayán-Garzón y Coconuco San Agustin por Paletaré.

Article 2O La Citada Gobernación Someterá A La Aprobación Del Ministerio Del Ramo Todos Los Decretos Que Diete Nombrando El Personal Superior De Tales Obras Y Fijándose Asignaciones

o La citada Gobernación someterá a la aprobación del Ministerio del ramo todos los decretos que diete nombrando el personal superior de tales obras y fijándose asignaciones. Igualmente presentatá el expresado Ministerio los presupuestos mensuales, informes sobre trabajos ejecutados, y en general, cumplira los deberes que imponen los decretos y reglamentos vigentes a todos los administradores de obras públicas nacionales. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas