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decreto 2774 de 1991

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confieren los numerales 2º. y 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Article 1º Derógase En Todas Sus Partes El Decreto Número 2374 Del 18 De Octubre De 1991

º Derógase en todas sus partes el Decreto número 2374 del 18 de octubre de 1991.

Article 2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de 1991. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemi Sanin De Rubio. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 2º. y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público